lunes, 2 de agosto de 2010


PROPIEDAD INTELECTUAL
LEY 17336 DE PROPIEDAD INTELECTUAL DE CHILE


Esta ley pretende proteger los derechos que, por el solo hecho de la creación de una obra, adquieren los autores de obras de la inteligencia en los dominios literarios, artisticos y cientificos, cualquiera que sea su forma de expresión, y los derechos conexos que ella determina. De acuerdo con la misma, el derecho de autor comprende los derechos patrimoniales y morales, que protegen el aprovechamiento, la paternidad y la integridad de una obra.

Esta ley ampara los derechos de los autores chilenos y extranjeros domiciliados en Chile. Establece, asimismo, que los autores extranjeros no domiciliados en el país gozan de la protección que les sea reconocida por las convenciones internacionales que Chile ha suscrito y ratificado.
Las obras que se encuentran protegidas son, en general, las de tipo literario, artístico y científico. A modo ejemplar, la ley establece en su artículo 3º una enumeración no taxativa de las obras especialmente protegidas, entre otras, menciona a los libros, las ilustraciones, las películas y los programas informáticos.

Ahora bien, a pesar de esta ley, se sigue pasando a llevar estos derechos de autor, copiando, pirateando, todo, ya sea CD, musicales, programas, libros, películas etc., esto se debe a la cantidad de información que hay en el espacio, si basta con tener un programa para descargar lo que queramos de la Web.

También se puede pensar que esto pasa por los altos impuestos que tienen estos productos, ya que al agregar este impuesto quedan a un valor tan elevado que no toda la gente puede acceder a los productos originales, por lo que se recurre a una copia.

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